El largo proceso de la aprobación de un plan general de ordenación municipal

6/07/2015

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Al hilo de la noticia en prensa del levantamiento de suspensión de licencias en el municipio de Noia, “volviendo a regir las normas subsidiarias de 1991", intentaremos aclarar un poco este tema que nos afecta a todos y que a veces puede llevar a confusión.

¿Por qué se tramita un nuevo Plan General?

La mayoría de los municipios gallegos cuentan aún con normas urbanísticas municipales anteriores a la entrada en vigor de la ley del suelo autonómica, ley que rige el urbanismo en Galicia, creando inseguridades y confusiones en la práctica urbanística, licencias, usos…por regir unas normas obsoletas y que en muchos casos contradicen a la ley del suelo en vigor que está por encima por jerarquía normativa.

¿Quién redacta, tramita y aprueba un Plan General?

Un plan general lo redacta un equipo redactor formado por arquitectos y otros técnicos cualificados para ello, designado en concurso público.

El propio Concello es el promotor del Plan urbanístico y es el que suele dictar las bases del modelo elegido para el futuro del territorio municipal.

Ahora bien, la tramitación no depende únicamente del Concello, que debe aprobar cada fase en los plenos municipales, sino que es la Conselleria de Medio Ambiente, Territorio e infraestructuras (CMATI) de la Xunta de Galicia, el órgano que aprueba definitivamente el PGOM, y emite los informes pertinentes en cada fase para que se realicen las correcciones oportunas.

¿Por qué es tan ardua y lenta la tarea de aprobar un plan urbanístico?

En primer lugar decir que la redacción y tramitación de un PXOM pasa por tres fases con sus correspondientes documentos que deben ser aprobados: Inicial, Provisional y definitiva.

Como ya podemos intuir, en estas fases intervienen y “opinan” muchos agentes, desde los propios vecinos que pueden alegar durante los dos meses que la ley les concede para dar su opinión, pasando por las Consellerías, Ministerios y Entidades de las afecciones con las que cuente el municipio (Costas, Aguas, Patrimonio, Carreteras, Aeropuertos…) hasta por supuesto, la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e infraestructuras (CMATI), verdadero órgano decisorio de la aprobación del Plan. Todo este proceso, con sus plazos, resoluciones y correspondientes modificaciones, ralentiza la propia tramitación de los documentos.

¿Qué es la suspensión de licencias y que rige urbanísticamente el Concello durante este largo periodo de tramitación?

Pues dado que el nuevo PXOM es un documento cuya aprobación no es firme hasta el final, durante este proceso rigen las Normas urbanísticas vigentes en el Municipio, lo que ocurre es que durante dos años se suspende automáticamente la concesión de licencias (que no la vigencia de las normas vigentes) paréntesis que la ley da a la Administración para facilitar la tramitación del PXOM tras su aprobación inicial, evitando las situaciones conflictivas que puedan surgir ante ordenaciones contradictorias, por ejemplo, un suelo que las normas delimitaban como núcleo rural y que el nuevo Plan clasifica como rústico, o una parcela en la que se permiten edificios de 5 plantas y que el nuevo plan recorta a 3…

Pero, como en la práctica no son suficientes 2 años para la aprobación de un plan, necesitando 6, 8 o incluso más de 10 años, suele ocurrir lo que ha pasado en Noia, y es que tras dos años de inactividad, vuelven a regir las normas urbanísticas, sin haberse aprobado definitivamente el nuevo Plan, sin perjuicio del estudio de las situaciones contradictorias que puedan darse….pues las normas suelen ser menos restrictivas que el PXOM.

¿Puede un Gobierno municipal extinguir su mandato sin lograr aprobar el documento?

Pues sí, y es lo que suele pasar debido a las largas y complejas tramitaciones a las que se ve sometido un documento de este calibre, por las trabas que se encuentra con tanto agente implicado….dejando entre unos y otros el futuro urbanístico del Concello en el aire y creando una importante inseguridad a los vecinos.

Así que ya sabéis, hasta que no esté aprobado definitivamente el nuevo Plan General y especialmente tras el levantamiento de la suspensión de licencias, vuelven a regir las normas municipales que tenía el Concello, no el nuevo PXOM, como ocurre en Noia con las del año 91…podéis pedir licencia, sin perjuicio de que se revise la propuesta del nuevo plan para evitar conflictos con el nuevo modelo territorial.

¿Tiene plazo la tramitación de un PGOM?

De acuerdo con la ley vigente del suelo (ley 9/2002) en Galicia, la administración tiene plazos para resolver las aprobaciones y para emitir los informes pertinentes, los equipos redactores tiene también plazos de entrega en sus contratos y hasta los propios gobiernos se ponen los plazos sus mandatos, pero la realidad es que estas tramitaciones se demoran más de los deseado.

El mes pasado publicaba también “La Voz de Galicia” que los cinco PXOM tramitados en Barbanza durante este mandato continúan sin aprobarse.

Y otro ejemplo muy significativo, para hacernos una idea de los años que se tarda en redactar y tramitar en Plan General de Ordenación Municipal, es la aprobación definitiva parcial de O Corgo que publicamos recientemente: la anterior Consellería, CPTOPV, emitió informe previo a la aprobación inicial en fecha de 8 de marzo de 2005, hace ya 10 años.

La lentitud de los procesos administrativos es sin duda la causa principal de demora, pero a veces la falta de acuerdos en los ejecutivos también son causa de esta dilación y los documentos a veces se atragantan en el propio salón de plenos.

 

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